La acreditación, según la Ley,
está orientada en última instancia hacia las instituciones como un todo. Sin
embargo, por razones técnicas y prácticas, y de acuerdo con las políticas
trazadas por el Consejo Nacional de Educación Superior (Cesu), el proceso de
acreditación se iniciará por programas académicos conducentes a título de
pregrado. Una institución solamente podrá
utilizar el calificativo de acreditada en relación con los programas que tenga
acreditados, a menos que haya culminado satisfactoriamente el proceso de
acreditación institucional. La acreditación de programas no conduce
automáticamente a la acreditación institucional; ésta última se concibe como un
acto separado y autónomo que, no obstante, implicará la acreditación previa de
programas de la institución y podrá apoyarse en ella.
Para mas información sobre este y otros temas relacionados visite la siguiente página web:
http://www.cna.gov.co
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